Condiciones Generales Del Contrato De Viajes Combinados

Agencia Organizadora: Pangealand S.L. Calle Aribau 195, 2º. 08021 Barcelona, con CIF B- 66052887. Agencia Minorista: Viajes El Corte Inglés, S.A. (Viajes El Corte Inglés), con domicilio en Avda. de Cantabria nº 51 28042 Madrid (España) y C.I.F. nº A - 28229813. 

1. Modificación de las condiciones generales 

La agencia organizadora podrá modificar los Términos y Condiciones notificando a los Usuarios a través de esta página web y se entenderá por cumplido dicho deber de notificación. Dichas modificaciones no serán aplicables de forma retroactiva y no afectarán, por consiguiente, a los pedidos realizados con anterioridad a la modificación. 

Los Términos y Condiciones aquí contenidos tienen carácter contractual, obligatorio y vinculante. Mediante la aceptación del presente contrato, el Usuario declara que es una persona mayor de edad y con capacidad para contratar y que ha leído y acepta los presentes Términos y Condiciones de Uso.  

2. Servicios y viaje combinado 

La información sobre ofertas, productos o servicios, precios, rutas, distancias, características y cualesquiera otros datos e informaciones relevantes acerca de los productos ofrecidos, corresponde a la que se nos ha proporcionado por los proveedores turísticos (hoteles, compañías aéreas, mayoristas, centrales de reservas). La exactitud sobre dicha información tiene como procedencia la de los operadores generadores de la misma. Cada parte interviniente en el contrato, será responsable por su ámbito respectivo de gestión. 

 

Las personas con movilidad reducida que deseen recibir información precisa sobre la idoneidad del viaje de acuerdo con sus necesidades especiales, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las características del mismo, deberán poner en conocimiento de la agencia organizadora o, en su caso, la agencia minorista, tal situación para que se les pueda facilitar información a tal efecto. 

 

Según lo establecido en el Reglamento CE 1107/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya movilidad para participar en el viaje se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás participantes en el viaje. 

 

3. Resolución de conflictos  

En cualquier momento, el consumidor y la agencia podrán recabar la mediación de la administración competente o de los organismos que se constituyan a tal efecto para hallar por sí mismos una solución del conflicto que sea satisfactoria para ambas partes. 

El consumidor podrá dirigir sus reclamaciones a la Junta Arbitral de Consumo que sea competente. El conflicto se podrá someter a arbitraje si la agencia reclamada se hubiese adherido previamente al sistema arbitral de consumo (en cuyo caso la agencia avisará debidamente de ello al consumidor) o, si la agencia pese a no estar adherida acepta la solicitud de arbitraje del consumidor. 

No pueden ser objeto del arbitraje de consumo las reclamaciones en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito. 

En caso de celebrarse un arbitraje de consumo, el laudo que dicte el tribunal arbitral designado por la Junta Arbitral de Consumo resolverá la reclamación presentada con carácter definitivo y será vinculante para ambas partes. 

4. El precio y pago 

Es responsabilidad del Usuario revisar los apartados de la oferta “el precio incluye” y “precio no incluye”, antes de completar el proceso de compra. En éstos se detallan con exactitud todos los servicios incluidos en la reserva. 

Tasa turística: en ciertos países los establecimientos hoteleros pueden requerir el pago de una tasa / impuesto que debe ser abonado en el propio establecimiento. Consultar en cada caso según destino. 

Los precios han sido calculados en base a los tipos de cambio de divisa, al precio de transporte derivado coste combustible o de otras fuentes de energía y al nivel de impuestos y tasas sobre los servicios de viaje incluidos en el contrato vigentes en dicha fecha pudiéndose incrementar hasta 20 días antes de la salida, los precios podrán incrementarse. 

Asimismo, el calendario de pagos será facilitado por la agencia minorista junto con el resto de información del viaje combinado. 

5. Política de Cancelación 

5.1 Cancelación por parte del Cliente 

En cualquier momento anterior al inicio del viaje combinado el viajero podrá resolver el viaje. Asimismo, considerando que la agencia organizadora debe incurrir en costes adicionales para cancelar los acuerdos de viaje (como por ejemplo costes aéreos que son no reembolsables en todos los casos), penalidades y gastos de cancelación serán aplicables a los viajes combinados y/o servicios basados en la anticipación de la terminación del contrato, serán de aplicación las siguientes penalizaciones. 

  • Si la cancelación se produce con TREINTA (30) días o más días de antelación a la fecha del comienzo del viaje, el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del importe total del viaje será deducido como penalidad en concepto de gastos de gestión. 
  • Si la cancelación se produce con VEINTE Y NUEVE (29) días de antelación o menos a la fecha del comienzo del viaje, el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del importe total del viaje será deducido como penalidad en concepto de gastos de gestión. 

 

Cualquier reembolso aplicable en este sentido, luego de aplicados los cargos mencionados, el mismo será efectuado dentro de los 14 días posteriores a la fecha de notificación de la cancelación. 

Si las razones de su cancelación fueran cubiertas por los términos y condiciones de su compañía de seguros, el Cliente podrá reclamar estos cargos ante ellos. 

En el supuesto de que el pasajero/cliente desee solicitar la cancelación de su reserva, deberá enviar su solicitud mediante correo electrónico a la dirección de la sucursal de Viajes el Corte Inglés donde haya formalizado la reserva. 

La notificación de solicitud cancelación sólo tendrá efecto una vez que sea recibida por escrito, y en caso de que la recepción se efectuará fuera del horario operativo de nuestro equipo de Atención al Cliente, tendrá efecto desde el siguiente día laborable.
 

5.2 Cancelación por parte del Organizador 

La agencia organizadora no será responsable de pagar ninguna compensación adicional al viajero si la cancelación se debe a que: 

- El número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al número mínimo especificado en el contrato y la agencia organizadora, o en su caso, la agencia minorista, notifican al viajero la cancelación en el plazo fijado en el mismo, que a más tardar será de: 

  • 20 días antes del inicio en caso de viajes de más de 6 días de duración. 
  • 7 días en viajes de entre 2 y 6 días. 
  • 48 horas en viajes de menos de 2 días. 

- El organizador se ve en imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica la cancelación al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje combinado. 

6. Modificaciones 

6.1 Modificaciones por parte del Cliente 

Los cambios, modificaciones o cesiones podrían implicar la aplicación de aumento de tarifas o gastos extras incurridos por parte de la organizadora o impuestos por cualquiera de nuestros proveedores que serán trasladables al Cliente y/o viajero final. Ciertos acuerdos, en particular los importes pagados por el componente aéreo, podrían no ser modificables luego de confirmados y cualquier alteración o cancelación implica que el Cliente deba asumir la totalidad de los cargos más los gastos por modificación mencionados anteriormente. 

Exoticca no tiene la obligación de atender solicitudes de modificación dentro de los 7 días previos al inicio del viaje. 

6.2 Modificaciones por el proveedor 

Antes de la salida, la agencia organizadora podrá realizar los cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje combinado y que no sean significativos. Se considera que los cambios necesarios son significativos si impiden la realización de los fines de éste según sus características generales o especiales. 

En el supuesto de que la organizadora se vea obligada a realizar cambios significativos lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Usuario. Este podrá optar entre aceptar la modificación del contrato en la que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio, o resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes al que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.  

La agencia organizadora sólo podrá modificar las cláusulas del contrato antes del inicio del viaje si el cambio es insignificante y la propia agencia organizadora o, en su caso, la agencia minorista, informan al viajero de dicho cambio en soporte duradero de manera clara, comprensible y destacada. 

 

7. Cambios voluntarios y regresos anticipados 

En el caso de que el cliente, una vez iniciado el viaje, solicite voluntariamente cualquier modificación de los servicios contratados (por ejemplo: noche adicional de estancia, cambios de hotel o vuelos) los precios de los servicios turísticos podrán no corresponderse con los publicados en la oferta que dio lugar a la contratación y el Cliente deberá absorber cualquier diferencia de tarifa que opere como consecuencia del cambio. 

En este caso, los traslados entre hoteles correrán por cuenta del cliente, debiendo asimismo abonar el cliente los gastos de gestión, como consecuencia de la tramitación de la nueva reserva efectuada, o del cambio del vuelo solicitado. 

En el caso de abandono del establecimiento antes de la fecha contratada por causas de fuerza mayor, Exoticca no se compromete a efectuar devolución alguna. 

8. Documentación necesaria para el viaje. 

La agencia minorista tiene el deber de informar sobre las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, así como sobre las condiciones aplicables a los viajeros en materia de pasaportes y de visados, incluido el tiempo aproximado para la obtención de los visados, y responderá de la corrección de la información que facilite. 

El viajero deberá obtener la documentación necesaria para realizar el viaje, incluido el pasaporte y los visados y la referida a las formalidades sanitarias. Todos los daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su cuenta, y en particular, los gastos producidos por la interrupción del viaje y su eventual repatriación. 

9. Reclamaciones y responsabilidades 

- Reclamaciones tras el viaje y falta de conformidad 

Si el viajero observa que cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato, el viajero deberá informar de la falta de conformidad a la agencia organizadora o, en su caso, a la agencia minorista sin demora indebida, teniendo en cuenta las circunstancias del caso. 

Se entiende como falta de conformidad, la no ejecución o la ejecución incorrecta de los servicios de viaje incluidos en un contrato de viaje combinado. 

El viajero podrá dirigir sus reclamaciones a la dirección postal del minorista, al correo electrónico: att_clientes@viajeseci.es o al fax nº 91 329.57.61.Asimismo, las podrá dirigir en el siguiente enlace dirigido a la agencia organizadora.  

- Responsabilidades 

De conformidad con el artículo 161 del Real Decreto Legislativo 1/2007, la agencia organizadora y la agencia minorista responderán frente al viajero del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito de gestión del viaje combinado, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores. 

No obstante, en caso de reclamación, la falta de gestión de la reclamación por parte de la agencia minorista supondrá que deberá responder solidariamente con la agencia organizadora de las obligaciones que recaigan en el ámbito de gestión de la agencia organizadora y la falta de gestión de la reclamación por parte de la agencia organizadora supondrá que deberá responder solidariamente con la agencia minorista de las obligaciones que recaigan en el ámbito de gestión de la agencia minorista, La agencia organizadora y la agencia minorista, además, están obligadas a prestar asistencia si el viajero se halla en dificultades de conformidad con el artículo 163.2 de dicha norma y de acuerdo con lo establecido en las condiciones generales del contrato  

10. Confirmación de la reserva 

La perfección del contrato de viaje combinado se producirá con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el contrato de viaje combinado es de obligado cumplimiento para las partes. 

11. Faltas de conformidad 

Los servicios del viaje combinado se entenderán prestados de conformidad salvo que el viajero manifieste lo contrario, en cuyo caso deberá informar al organizador o, en su caso al minorista, sin demora indebida. Para hacerlo efectivo deberá conceder a estos un plazo razonable que les otorgue una posibilidad real de subsanación. Este plazo no procederá en caso de que tenga constancia de la negativa a subsanar por parte del organizador o minorista o en aquellos supuestos en los que se requiera una solución inmediata. Transcurrido el plazo concedido sin subsanación por parte del organizador o minorista, el viajero podrá hacerlo por él mismo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios.  

12. Información del viaje combinado, Condiciones particulares y Contrato de viaje combinado 

La información del viaje combinado facilitada al viajero conforme a los apartados a) (destinos itinerario, fechas, pernoctaciones, medios de transporte, comidas, alojamientos medios de transporte, excursiones, etc), c) (precio total), d) (modalidades de pago), e) (número mínimo de personas necesario para la realización del viaje combinado) y g) (Condiciones de cancelación por el viajero) del artículo 153.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, formará parte integrante del contrato de viaje combinado y no se modificará salvo que la agencia de viajes y el viajero lo acuerden expresamente. La agencia organizadora y, en su caso, la agencia minorista, antes de celebrarse el contrato de viaje combinado, comunicarán al viajero de manera clara, comprensible y destacada, todos los cambios de la información precontractual.

Asimismo, la información del viaje combinado así como el contrato de viaje combinado serán facilitados por el minorista. 

13. Información general sobre las prestaciones del viaje combinado 

Las prestaciones que integran el contrato de viaje combinado resultan de la información proporcionada al consumidor en la información precontractual y no se modificarán salvo que la agencia de viajes y el viajero lo acuerden expresamente. Con antelación al inicio del viaje, la agencia de viajes proporcionará al viajero los recibos, vales y billetes necesarios para la prestación de servicios. 

- Alojamiento 

Salvo que otra cosa se indique en la información precontractual o en las condiciones particulares del contrato: 

a) El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada país y alojamiento. 

b) Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son generalmente habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser un sofá-cama o un plegatín, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más grandes. 

- Transporte 

a) El viajero debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por la agencia de viajes. 

b) La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el viajero lleve consigo serán de su exclusiva cuenta y riesgo mientras se encuentren bajo la custodia del viajero. Asimismo, la compañía aérea es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje facturado cuando el hecho que haya causado el daño se haya producido a bordo de la aeronave o mientras el equipaje facturado se encuentre bajo la custodia de la compañía. 

c) En caso de falta de presentación a la salida del inicio del viaje combinado el Cliente perderá derecho a la devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar las que estuvieran pendientes de pago. Si la falta de presentación tiene lugar por causa de fuerza mayor, el consumidor tendrá derecho a que se le devuelvan las cantidades entregadas, excepto los gastos de gestión y los gastos de anulación de la reserva en ese momento. 

A estos efectos, y con carácter no limitativo, se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva y/o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el viaje y comunicar a la agencia esa imposibilidad antes de la salida. 

- Otros servicios 

a) Por regla general, el régimen de pensión completa incluye desayuno continental, almuerzo, cena y alojamiento. El régimen de media pensión, salvo que se indique de otro modo, incluye desayuno continental, cena y alojamiento. Por regla general, dichas comidas no incluyen las bebidas. 

b) Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes especiales) sólo se garantizan si así constan en las necesidades especiales aceptadas por el organizador en el contrato de viaje combinado. 

c) La presencia de mascotas sólo será aceptada si así consta en las necesidades especiales aceptadas por el organizador en el contrato de viaje combinado. 

14. Asistencia durante el viaje 

La agencia organizadora y, en su caso, la agencia minorista, están obligadas a proporcionar una asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, especialmente en el caso de circunstancias extraordinarias e inevitables. Dicha asistencia puede consistir en: 

a) Suministro de información adecuada de servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular; y 

b) Asistencia al viajero para establecer comunicaciones a distancia y la ayuda para encontrar fórmulas alternativas. 

Si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero, la agencia organizadora y, en su caso la agencia minorista, podrán facturar un recargo razonable por dicha asistencia al viajero. Dicho recargo no podrá superar los costes reales en los que haya incurrido la agencia. 

15. Ley Aplicable y reclamaciones 

Este contrato de viaje combinado se rige por lo acordado entre las partes y por lo establecido en estas condiciones generales, en las normas autonómicas vigente y aplicables, así como por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y los usuarios y otras leyes complementarias. Si la controversia no está sometida a arbitraje de consumo, el viajero podrá reclamar en vía judicial.